El juzgado de Guadalajara da la razón a Fetico
Tras el conflicto colectivo interpuesto por Fetico en relación con el disfrute de las licencias retribuidas de la empresa GRUPO EL ÁRBOL, el Juzgado Nº 2 de Guadalajara ha dictado sentencia estimando la demanda y declarando que:
Las licencias reguladas en el art. 24 del Convenio Colectivo Provincial de Comercio en General de Guadalajara (excepto matrimonio), deberán iniciar su cómputo en el primer día laborable a partir del hecho causante, y no computarán a efectos de su duración, los días no laborables.
En cuanto al permiso por matrimonio, deberá iniciar su cómputo en el primer día laborable tras el hecho causante.
De esta manera, Fetico consigue que todos los trabajadores/as de la empresa GRUPO EL ÁRBOL que prestan sus servicios en la provincia de Guadalajara, disfruten sus licencias retribuidas en días hábiles. Es decir, que no computen los días que no tenga obligación de prestar servicios para la empresa.
La sentencia aún admite recurso.