Firma de nuevo Convenio Colectivo en J. GARCÍA CARRIÓN JUMILLA, SLU
Después de varios meses de negociación, hemos llegado a un acuerdo con la empresa para firmar el texto del nuevo convenio colectivo. La negociación se ha llevado de forma conjunta y en unidad de acción sindical por las tres organizaciones sindicales con representación en el comité de empresa.
Las principales mejoras que se incluyen en el texto del convenio:
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Vigencia: desde la publicación en el BORM hasta el 31 de diciembre de 2024.
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Reducción de jornada: 1.776 horas anuales. Se aplicará de ahora en adelante la jornada establecida en el Convenio Estatal de Conservas Vegetales.
Cada persona trabajadora podrá voluntariamente cada mes de enero aceptar la realización de las 50 horas de reducción de jornada. Estas horas se llamarán Horas TOD y se abonarán a 12€/hora, por un total de 600€ brutos en el mes de diciembre de cada año.
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Se aplicarán a partir de enero de 2023 las tablas salariales y la cláusula de revisión salarial del Convenio Estatal de Conservas Vegetales.
La adaptación de tablas se hará en el ultimo trimestre de 2022. De forma excepcional durante la vigencia del convenio, el incremento salarial que se produzca en el convenio estatal de conservas vegetales no será compensable ni absorbible con el complemento personal de salario base.
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Prima de firma: Se abonará a todos los trabajadores/as una prima de 1.000€/brutos, a ser posible en el mes de julio de 2022, siempre que hayan prestado servicios durante al menos un año antes de la firma del convenio.
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Incremento de los importes de las horas de convenio desde septiembre de 2022:
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Horas extras: 12€/hora
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Horas domingos y festivos: 18€/hora
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Nocturnidad: 1,80€/hora
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Reducción de la bolsa de horas: pasando a ser un máximo de 80 horas anuales, que si no se compensan en descanso en los dos primeros meses del año, se abonarán en marzo.
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Planificación mensual de los descansos: para poder conocer los días de descanso con periodicidad mensual.
Los cambios en la planificación semanal deberán basarse en situaciones de fuerza mayor, averías, falta de energía o materiales, no imputables a la dirección.
Además, las personas trabajadoras podrán cambiar turno con su compañero/a con autorización de su responsable.
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14 días naturales continuados de vacaciones a elección del trabajador/a: a partir del 1 de noviembre del año anterior, el trabajador/a puede indicar el periodo en el cual quiere disfrutar de los 14 días. La empresa fijará las vacaciones atendiendo a criterios de idoneidad y derechos de conciliación.
Los turnos asignados se podrán cambiar con otro compañero/a siempre que se garantice la producción.